Separación de Unión Libre | Sin Matrimonio y con Patrimonio
Junio 10, 2019
La
unión marital de hecho, así llamada anteriormente unión libre, es una situación que, según el Ministerio de Justicia, el 30% de las parejas viven de esta manera en Colombia. En estos casos, aunque uno de los dos no haya declarado esta unión y llevan más de dos años de convivencia permanente, según la
Ley 54 de 1990 Art. 1 ya es considerada como una Unión Marital de Hecho.
¿Qué es la Unión Libre o Unión Marital de Hecho?
La Unión Marital de Hecho es la unión formada entre un hombre y una mujer, que sin estar casados, hacen una comunidad de vida permanente y singular. A esta pareja heterosexual que conforma la unión marital de hecho, para efectos civiles, se les denomina compañero y compañera permanente.
Sin embargo, la Corte Constitucional, mediante
Sentencia C-075-07, incluyó a las parejas homosexuales que constituyen este tipo de unión para brindarles protección patrimonial y, así, no lesionar su dignidad, no limitar su derecho al libre desarrollo de la personalidad y no discriminarlos.
Algunos de los beneficios de este tipo de unión es la inclusión como beneficiario del sistema de seguridad social en salud y Caja de Compensación Familiar, también es una causal de exoneración en la prestación del servicio militar obligatorio. Solicite la asesoría de nuestros
abogados de familia en Bogotá a través del siguiente
formulario de contacto. A partir de la convivencia permanente por un período mínimo de 2 años, se configura la posibilidad para la pareja de constituir una Sociedad Patrimonial, que es parecida a la sociedad conyugal, aspecto que estaremos diferenciando a continuación.
¿Qué Diferencia hay entre Sociedad Conyugal y Sociedad Patrimonial?
En este caso particular, donde estamos hablando sobre separación de unión marital de hecho es importante para destacar las diferencias entre ambas sociedades, ya que aunque se escuchan similares, tienen ciertas diferencias, las cuales son:
- La Sociedad Conyugal es para casos de matrimonios, en cambio, la Sociedad Patrimonial se trata en casos de uniones maritales de hecho.
- La Sociedad Conyugal nace en el matrimonio, la Sociedad Patrimonial solo se da cuando la pareja tiene 2 años conviviendo juntos y los compañeros no tenían impedimento para casarse.
- La existencia de la Sociedad Conyugal inicia desde el registro civil del matrimonio, en cambio, la Sociedad Patrimonial debe ser obtenida mediante declaración por sentencia judicial, conciliación o escritura pública.
- La Sociedad Conyugal es regida por el código civil, la Sociedad Patrimonial por las Leyes 54 de 1990 y 979 del 2005.
- Los bienes de la Sociedad Conyugal corresponden a los bienes del haber absoluto y relativo. En cambio, los bienes de la Sociedad Patrimonial son los bienes producto del trabajo, ayuda y socorro mutuos de los compañeros durante la unión marital de hecho.
¿Cómo Hacer en Caso de Separación de la Unión Marital de Hecho?
Si usted lleva más de dos años con su pareja viviendo bajo el mismo techo, y desea separarse, incluyendo los bienes, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Después de convivir con el cónyuge, tiene un año para poder demandar la declaración de que existió una unión marital de hecho, para que puedan continuar a la liquidación de la sociedad patrimonial ante un juez de familia.
- Si uno de los cónyuges está casado o está en un proceso de divorcio, la sociedad patrimonial no puede existir.
¿Dónde se Presenta la Solicitud de Disolución de la Unión Marital de Hecho?
Las solicitudes de disolución se presentan ante notaría, casa de justicia, juzgado de familia o en un centro de conciliación del domicilio de la pareja.
Separación de Unión Marital de Hecho por Mutuo Acuerdo
Para poder disolver una unión marital de hecho por mutuo acuerdo se requiere la asistencia legal de un abogado de familia. Al momento de declararla pueden estar de acuerdo en la liquidación de la sociedad patrimonial para poder agilizar el proceso. A cada uno le corresponde el 50% después de restar los pasivos respectivos, de los bienes adquiridos provenientes del producto de trabajo común.
Separación de Unión Marital de Hecho sin Acuerdo Previo
Por otro lado, cuando no hay acuerdo entre compañeros permanentes sobre la declaración de existencia de la unión marital de hecho, existe la posibilidad de presentar una demanda ante el Juez de Familia, en estos casos es obligatorio contar con el apoyo de nuestros
abogados de familia en Bogotá especialistas en separación de unión marital de hecho, contáctenos al formulario de contacto a continuación o llámenos al
(310) 5706331.
Este procedimiento requiere darle poder a un abogado para que tramite el proceso. Tenga en cuenta que para reclamar algún derecho en la sociedad patrimonial, los bienes así estén en cabeza de la compañera permanente y se adquirieron en vigencia de la unión marital de hecho le corresponden a los dos, pero si los bienes fueron adquiridos por herencia dejada a alguno de los compañeros permanentes esos bienes son propios y no entrarían a formar parte de la sociedad patrimonial.
Nuestros
abogados en Colombia lo pueden asesorar y acompañar durante su proceso de separación de unión libre o unión marital de hecho, si desea asesoría en este proceso legal, le recomendamos contactarnos en el siguiente formulario de contacto o llamarnos al número siguiente:
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Actualizado: 18JUN21