Requerimiento especial de la DIAN

Marzo 30, 2022

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Requerimiento especial de la DIAN
¿Le ha llegado un requerimiento especial de la DIAN y no lo entiende o no sabe qué debe hacer? En este blog explicaremos en detalle de qué se trata.

Todos los contribuyentes en Colombia deben cumplir con las obligaciones tributarias establecidas en el estatuto tributario, es decir, todas aquellas personas naturales o jurídicas que realizan un hecho generador establecido por la ley, están sujetas a cumplir con los deberes y obligaciones que impone la administración tributaria (DIAN) para evitar sanciones.

Existen dos tipos de obligaciones tributarias: La obligación sustancial, consistente en el pago de los impuestos y, las obligaciones formales como por ejemplo, la presentación de declaraciones tributarias, la atención oportuna de requerimientos de la DIAN, la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT), el reporte de información exógena, entre otras.

La detección de errores o inconsistencias en las declaraciones presentadas por los contribuyentes o agentes retenedores, conllevan a que la DIAN realice requerimientos especiales. Mediante este artículo podrá conocer en qué consisten estos requerimientos, en qué casos pueden presentarse, qué hacer en caso de recibir uno, y demás aspectos importantes que debe tener en cuenta.

¿Qué es el Requerimiento Especial de la DIAN?

El requerimiento especial de la DIAN es un acto preparatorio y previo a la determinación oficial del impuesto, es decir no es un acto administrativo definitivo sino que tiene por objeto proponer la modificación de una declaración tributaria presentada inicialmente por un contribuyente a través de un oficio.

Es importante destacar que las declaraciones privadas presentadas por el contribuyente y la liquidación del respectivo impuesto tiene presunción de veracidad. No obstante, la DIAN tiene dentro de sus funciones, la de fiscalizar, es decir a través de la información suministrada por distintas entidades del país, terceros y el por el mismo contribuyente, investiga y verifica que patrimonio, ingresos, gastos, costos y pasivo tiene cada persona natural o jurídica y, si está obligada a declarar, verificando también el monto final monto de cada liquidación de impuestos.

En otras palabras, el requerimiento especial es un comunicado emitido por la Dian previo a la liquidación oficial de revisión, que detalla cuáles fueron los hallazgos e inconsistencias encontradas por la entidad durante la inspección tributaria realizada, para así conforme a unos fundamentos fácticos y jurídicos proponer los valores y conceptos que deben ser corregidos dentro de una determinada liquidación de impuestos, con lo cual la Dian también propondrá el saldo a pagar.

Acorde a lo anterior, si la DIAN llegase a tener indicios de errores en la declaraciones de algún contribuyente, tendrá la plena facultad de modificarlas garantizando previamente un debido proceso de determinación o fiscalización en el cual el contribuyente podrá presentar las pruebas y argumentos que considere pertinentes.

Si usted ha sido requerido por la DIAN, le recomendamos contar con la asesoría de nuestros abogados tributarios expertos en responder requerimientos especiales, comuníquese a través del siguiente número de WhatsApp: 3105706331

¿Qué debe Contener el Requerimiento Especial de la DIAN?

El requerimiento especial deberá contener todos los puntos que la administración tributaria proponga modificar de la liquidación inicial realizada por los contribuyentes, con las respectivas razones que sustentan la modificación.

Ahora bien, acorde al artículo 704 del Estatuto Tributario: "El requerimiento deberá contener la cuantificación de los impuestos, anticipos, retenciones y sanciones, que se pretendan adicionar a la liquidación privada."

¿Cuál es el plazo de la DIAN para realizar un Requerimiento Especial?

La DIAN podrá enviar un requerimiento especial a más tardar dentro de los 3 años siguientes a la fecha de vencimiento del plazo para declarar o, dentro de los 3 años siguientes a la presentación de la declaración en caso de que esta haya sido presentada por fuera del plazo establecido. No obstante, ese término podrá ser suspendido en los siguientes casos: Cuando se practique inspección tributario de oficio o a solicitud del contribuyente o, cuando se notifique un emplazamiento para corregir. Si desea conocer los términos de suspensión de cada una de las causales descritas, póngase en contacto con nuestra firma de abogados.

Una vez el contribuyente presente la respuesta al requerimiento especial, la DIAN podrá ampliarlo en virtud del artículo 708 del E.T. es decir, podrá cambiar totalmente el requerimiento especial inicial, realizando una nueva determinación del impuesto.

Es importante resaltar que todas las declaraciones presentadas por los contribuyentes están sujetas a correcciones voluntarias que quieran hacer dentro de los 3 años siguientes a la fecha de vencimiento del plazo para declarar siempre y cuando no hayan recibido un requerimiento especial de la DIAN.

¿Qué Debo Hacer en caso de Recibir un Requerimiento Especial de la DIAN?

Si usted recibe un requerimiento especial de la DIAN, deberá contestarlo dentro dentro de los 3 meses siguientes a la fecha en la que fue notificado. En este orden de ideas, el contribuyente o agente retenedor requerido deberá presentar por escrito sus objeciones cuando no esté de acuerdo con la modificación, teniendo la posibilidad de aportar y solicitar pruebas, siempre y cuando sean conducentes, es decir, que los medios de prueba solicitados sean idóneos para demostrar los hechos que la administración le está reprochando. En este caso, el área de determinación procederá a tener en cuenta el acto que contiene la propuesta de modificación y la respuesta del contribuyente, estableciendo cuál tiene mayores argumentos probatorios para finalmente emitir una liquidación oficial de revisión la cual será explicada en nuestros siguientes artículos.

De igual manera, el contribuyente podrá corregir total o parcialmente las modificaciones que plantea la administración tributaria, obteniendo como beneficio una reducción en la sanción por inexactitud dependiendo de los hechos aceptados.

Es muy importante que todo contribuyente tenga actualizada la información de su Registro Único Tributario, ya que el requerimiento especial será enviado a la dirección física o electrónica que aparezca en el RUT, por ende, no importará que se haya cambiado de dirección y no tenga conocimiento de que lo están requiriendo, ya que la DIAN cumple con el lineamiento establecido por el estatuto tributario para notificar. En ese caso, procederá a publicar el requerimiento en la página web oficial y con ello se entenderá que el contribuyente fue debidamente notificado y continuará el proceso.

Acorde a lo anterior, se deja en evidencia que los contribuyentes no pueden omitir los requisitos establecidos, como lo es la obligación de mantener actualizado el RUT y, el plazo para dar respuesta al requerimiento, ya que de lo contrario no podrá alegar ningún tipo de defensa y será sancionado sin ningún tipo de beneficio. De igual manera, es importante tener en cuenta que los funcionarios de la DIAN también tienen consecuencias disciplinarias en caso de no realizar las respectivas investigaciones bajo el estricto cumplimiento del debido proceso y demás preceptos legales y constitucionales, sin dejar atrás que dichos funcionarios también tienen responsabilidades administrativas en caso de que se le venzan los términos para responder o realizar los respectivos requerimientos especiales.

En nuestra firma AGT contamos con abogados tributarios expertos en casos de la DIAN y en el seguimiento de todas las normas procedimentales tributarias, con el fin de brindar el mejor acompañamiento legal a nuestros clientes. No dude en ponerse en contacto con nosotros a través del siguiente formulario de contacto.

¿Cuáles son las Consecuencias de no Responder de Manera Oportuna un Requerimiento Especial de la DIAN?

Cuando el requerimiento especial no es respondido en la oportunidad establecida para hacerlo, la DIAN proferirá una liquidación oficial de revisión, es decir, entra a determinar el impuesto del contribuyente en base a las pruebas que obran en el expediente. Lo anterior debido a que el contribuyente no ejerció el derecho a la defensa.

Así mismo, el contribuyente pierde el beneficio de reducir la sanción por inexactitud que plantea la administración tributaria en el respectivo requerimiento, ya que acorde al artículo 709 del E.T. "si el contribuyente acepta total o parcialmente los hechos planteados en el requerimiento, la sanción por inexactitud, se reduce a la cuarta parte de la planteada por la Administración, en relación con los hechos aceptados."

¿Cuál es la diferencia entre Emplazamiento, Requerimiento Especial y Requerimiento Ordinario?

  • Los emplazamientos: Son órdenes de la DIAN ante la evidencia de inexactitudes de la declaración de los contribuyentes o al notar la omisión de la obligación formal de declarar, en esos casos, podrá emplazarlos para que corrijan las declaraciones o para solicitar que presenten la declaración tributaria.
  • Requerimiento ordinario: Se encarga de solicitar información a los obligados tributarios para diversos fines de la administración.
  • Requerimiento especial: Se encarga de proponer un cambio en las declaraciones.

  • ¿Necesita un abogado experto en Requerimiento especial de la DIAN?

    En AGT Abogados contamos con un equipo especializado en Derecho Tributario, nuestros abogados tributarios cuentan con toda la experiencia en responder cualquier requerimiento especial. De la misma manera, pueden brindarle toda la orientación y acompañamiento legal en todo el procedimiento tributario que se inicia desde que se le notifica que es requerido por la administración tributaria, buscando el éxito en todo la discusión probatoria.

    Escríbanos a nuestro formulario de contacto, agende su cita legal con nuestros abogados a través del siguiente enlace o contáctenos al 3105706331.

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