Registro Sanitario INVIMA Para Importar Productos a Colombia
Agosto 10, 2020
El Registro Sanitario INVIMA es el permiso o visto bueno otorgado por la autoridad sanitaria de Colombia (INVIMA) donde se le autoriza a personas naturales o jurídicas, la posibilidad de fabricar, envasar, importar o comercializar alimentos, cosméticos, medicamentos, productos fitoterapéuticos destinados al consumo humano o consumo masivo.
De no contar con este permiso no podrá vender o comercializar sus productos alimenticios, medicamentos o cosméticos en territorio colombiano. La excepción a esta norma se describe en el
Art. 41 del Decreto 3075 de 1997, entre los cuales están:
- Frutas, hortalizas, granos, verduras frescas, miel de abejas y otros alimentos naturales no procesados antes de su venta.
- Alimentos de procedencia animal crudos, congelados o refrigerados que no hayan sido alterados.
- Alimentos y materias primas, creados en territorio colombiano o procedentes del exterior, que vayan a ser usados exclusivamente por la industria y por el sector culinario para fabricar alimentos y preparar comidas.
Documentos Necesarios para Solicitar el Registro Sanitario Invima
Según el
Art. 38 de la Resolución 2674 de 2013, para comenzar el proceso de tramitación de un registro sanitario en el área de alimentos, es necesario llevar al Invima una serie de documentos, los cuales dependerán de si se trata de alimentos hechos en el país o provenientes del extranjero.
Requerimientos Específicos Para Productos Alimenticios Importados
- Recibo de pago, cuyo monto debe coincidir con el indicado en tarifario del Invima.
- Formulario correspondiente al trámite.
- Certificado de existencia y representación legal del titular y del fabricante; o, en su defecto, su matrícula mercantil.
- Documentos especificados en el punto anterior.
- Certificado de venta libre emitido en el país de donde procede el producto alimenticio. Es necesario anexar la traducción oficial del mismo si está escrito en un idioma distinto al castellano.
- Ficha técnica del producto alimenticio de acuerdo con el formato definido por el Invima.
- Documento firmado por el productor que autoriza al importador para introducir el alimento al país, distribuirlo, comercializarlo; o para ser el titular del registro sanitario del producto en territorio colombiano.
- Si está realizando el trámite a través de un intermediario, consigne el poder correspondiente.
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¿Cuáles son los Requisitos Para el Registro Sanitario INVIMA?
- Inscribir su fábrica ante el Invima.
- Definir cuál es la categoría de su producto según la clasificación de alimentos para consumo humano de acuerdo con el riesgo en salud pública, la cual puede encontrar en el anexo técnico de la Resolución 719 de 2015. Según esta norma, los alimentos pueden ser de riesgo alto, medio o bajo. Si el de su producto es alto, entonces debe obtener un registro sanitario (RSA); si no es así, entonces debe solicitar otro tipo de documento sanitario.
- Tramitar un mismo registro sanitario para varios alimentos. De acuerdo con el artículo 42 de la Resolución 2674 de 2013, esto se puede realizar en los siguientes casos: si se trata de un alimento producido por varios fabricantes y tenga una sola marca comercial; si se va a realizar el trámite para un mismo producto alimenticio comercializado bajo distintas marcas y tanto el titular como el fabricante son la misma entidad natural o jurídica; cuando existen varias presentaciones, pero el alimento es el mismo; si se manejan bienes con igual composición básica y diferentes elementos secundarios; o cuando alimentos de procedencia vegetal tengan el mismo nombre específico y distintas variedades.
- Cancelar el monto correspondiente al trámite en alguna de las oficinas de Davivienda o hacer el pago en línea.
- Llevar al Invima los documentos que se requieren para solicitar el registro sanitario.
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