Agosto 17, 2023
Lo que debe saber sobre el Despido sin Justa Causa en Colombia. Las relaciones laborales son aquellas que se dan de manera contractual entre una empresa o persona denominada empleador y una persona natural denominada empleado o trabajador, la cual consiste en que el trabajador aporta su capacidad física e intelectual para desempeñar y ejercer funciones y actividades determinadas establecidas por el empleador a cambio de una remuneración económica.
Estas relaciones se caracterizan por tener presente el factor de subordinación, ya que el trabajador está sometido a las órdenes que imponga la empresa o persona que lo contrata, estas órdenes deberán ajustarse con lo que la ley establece y lo pactado en el contrato de trabajo, sea escrito o verbal. Existen tres elementos que se presentan en las relaciones laborales, los cuales están establecidos en el Art. 23 del Código Sustantivo del Trabajo que son:
Durante la relación laboral puede presentarse que esta llegue a su final y el empleador decida terminar el contrato de trabajo sin justa causa, por lo que el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización. Si se ve inmerso en esta situación, no dude en contactarnos, lo invitamos a que agende una asesoría jurídica en el siguiente formulario de contacto.
Nuestros abogados laborales le podrán colaborar con gusto en su caso particular de despido injustificado, contáctenos al: 3105706331.
El Art. 64 del Código Sustantivo del Trabajo establece que en todos los contratos de trabajo existe una condición resolutoria por el incumplimiento de lo pactado y debido a esto hay lugar a la indemnización de perjuicios a cargo de la parte responsable. La indemnización comprende el lucro cesante y el daño emergente.
Cuando se da la terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa comprobada por parte del empleador o si este provoca la terminación unilateral por parte del trabajador por alguna de las justas causas que la ley contempla, el empleador deberá indemnizar al trabajador en los siguientes términos:
Es pertinente tener en cuenta los pasos a seguir cuando el empleador no realiza el pago de los salarios y prestaciones sociales debidas, el trabajador deberá tener en cuenta lo consagrado dentro del artículo 65 del CST:
"Si a la terminación del contrato, el empleador no paga al trabajador los salarios y prestaciones debidas, salvo los casos de retención autorizados por la ley o convenidos por las partes, debe pagar al asalariado, como indemnización, una suma igual al último salario diario por cada día de retardo, hasta por veinticuatro (24) meses, o hasta cuando el pago se verifique si el período es menor.Si transcurridos veinticuatro (24) meses contados desde la fecha de terminación del contrato, el trabajador no ha iniciado su reclamación por la vía ordinaria, el empleador deberá pagar al trabajador intereses moratorios a la tasa máxima partir de la iniciación del mes veinticinco (25) hasta cuando el pago se compruebe."
Teniendo en cuenta que el contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades que es consensual, le permite a la parte que no quiere continuar con la relación laboral dar por terminado el contrato. Por lo que el trabajador puede ser despedido sin que haya una razón para ello, en este caso el empleador deberá indemnizar al empleador por haber terminado el contrato de trabajo sin justa causa de acuerdo a lo establecido por la ley.
Si bien es cierto que el empleador tiene completa libertad para dar por terminado el contrato de trabajo de alguno de sus empleados, sin que haya un motivo que justifique el despido, hay casos en los que no le está permitido hacerlo y esto es, en el caso de los trabajadores que gozan de protección especial de acuerdo a la estabilidad laboral reforzada.
De acuerdo a la Corte Constitucional de Colombia, en Sentencia T-320/16 establece que el derecho a la estabilidad laboral reforzada consiste en:
Gozan de estabilidad laboral reforzada, las empleadas que tienen fuero de maternidad, los empleados que gozan de fuero sindical y los trabajadores discapacitados. El pago de la indemnización por despido sin justa causa no exime al empleador de la obligación que la ley le impone de mantener el contrato de trabajo vigente.
Sin embargo, los trabajadores que tengan estabilidad laboral reforzada si podrán ser despedidos siempre y cuando incurran en alguna justa causa para que sean desvinculados.
En ese sentido, la ley no busca impedir que el trabajador jamás sea removido de su puesto, lo que pretende es impedir que el despido sea discriminatorio o por su condición. Por lo tanto, en los casos de despido de justa causa de un trabajador con estabilidad laboral reforzada, se requerirá la autorización del Ministerio de Trabajo.
El despido sin justa causa es ilegal cuando el empleador despide a un trabajador que goza de estabilidad laboral reforzada, aun pagándole la debida indemnización por la terminación injusta del contrato de trabajo.
En este caso, el trabajador puede demandar el despido sin justa causa, ya que es ilegal y podrá solicitarle al juez que ordene su reintegro. Si desea una asesoría legal inmediata, contacte a nuestros Abogados en Colombia directamente a través del siguiente número 3105706331.
La correcta asesoría jurídica acerca de cómo debe procederse cuando ha sufrido un despido injustificado en Colombia, puede ayudarle a que las distintas soluciones se hagan de manera ágil, sencilla y eficaz, por medio de una firma de abogados expertos en Derecho Laboral que le preste apoyo y asesoría de manera personalizada, con el fin de obtener resultados positivos.
En caso de ser necesaria la presentación de una demanda ante un juez laboral o recurrir a cualquier vía legal para proceder contra un despido sin justa causa, es necesario contar con la representación legal de un abogado titulado, por lo que es recomendable contar con el apoyo y acompañamiento de nuestros expertos de Affirma Legal.
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