Impuestos sobre criptoactivos en Colombia

Abril 16, 2023

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Impuestos sobre criptoactivos en Colombia

Los criptoactivos han tenido un notorio auge durante los últimos años, lo que ha llevado a que la autoridad tributaria en Colombia, DIAN, haya tomado medidas para mantener una fiscalización de las transacciones realizadas con criptoactivos. Se ha determinado que a partir del 2022 las utilidades generadas por operaciones efectuadas con criptoactivos deberán ser declaradas como cualquier otro ingreso.

Si tiene dudas sobre cómo integrar las utilidades de sus operaciones con criptoactivos, ahora con las nuevas medidas tomadas por la DIAN, no dude en contactarnos para recibir asesoría tributaria. En AGT Abogados contamos con abogados expertos en derecho tributario que se encargarán de asesorarle en su declaración de renta, asegurar que cumpla a cabalidad con sus obligaciones tributarias de manera eficiente. Comuníquese al 3105706331 o, deje un mensaje en el formulario de contacto ubicado en esta página.

Por la naturaleza digital e innovadora de los criptoactivos, existe poca claridad sobre que son estos activos, si pueden ser considerados como moneda y sobre su poder liberatorio. En consecuencia, procederemos a explicar qué son los criptoactivos y los tipos existentes antes de analizar su tratamiento tributario en Colombia.

¿Qué son los criptoactivos?

La DIAN, por medio del oficio 035238 del 2018 y 001357 de 2019, definió los criptoactivos de la siguiente manera:

"Son considerados como bienes inmateriales o incorporales susceptibles de ser valorados, forman parte del patrimonio y pueden conducir a la obtención de una renta. Si bien no es una moneda reconocida, y por ende, no tiene un poder liberatorio ilimitado, es claro que los criptoactivos son reconocidos como un activo. Activo que por su naturaleza, y para efectos fiscales, será reconocido como un activo intangible".

Por consiguiente, por la definición otorgada en los oficios, se entiende que para el ordenamiento jurídico colombiano los criptoactivos no son considerados una moneda, sin embargo, estos si poseen un poder libertario que, aunque no es ilimitado, permite realizar operaciones económicas como la compra y venta de bienes y servicios. Adicionalmente, los criptoactivos son activos intangibles, ya que son recursos con valor adquiridos por una persona natural o jurídica que busca un beneficio económico inmediato o futuro.

¿Qué es un activo intangible?

Los activos intangibles no pueden ser percibidos físicamente, como lo define su propio nombre. Aunque tengan una naturaleza inmaterial, los activos intangibles tienen un alto valor para las empresas y personas naturales que los poseen, ya que son susceptibles de valoración económica.

El valor económico que aporta un activo intangible proviene de los conocimientos, habilidades y actitudes de las personas y empresas que los poseen. En ese sentido, son conocidos como capital intelectual porque brindan una ventaja competitiva al negocio. Algunos ejemplos de activos intangibles son los derechos de autor, los dominios de internet, marcas, patentes y más recientemente los criptoactivos.

Los activos intangibles son una gran ventaja económica para aquellas empresas que los poseen, por ejemplo, una marca altamente posicionada en el mercado que logra distintividad en los bienes y servicios de la empresa. Si su empresa cuenta con activos intangibles, no dude en contactar con nuestros abogados en AGT Abogados para calcular el valor económico de estos activos y así potencializar su ventaja comercial en el mercado.

Escríbanos al 3105706331 o, deje un mensaje en el formulario de contacto ubicado en esta página.

¿Qué es una criptomoneda?

Las criptomonedas son un tipo de medio digital de intercambio, son llamadas de esta manera, ya que cumplen la función de una moneda en transacciones. Ellas también son conocidas como criptodivisas o criptoactivos. Del mismo modo, debido a su naturaleza digital, las criptomonedas utilizan medios criptográficos cómo el cifrado simétrico y el cifrado asimétrico para asegurar las transacciones económicas, controlar la creación de nuevas monedas y para verificar las transferencias.

Las criptomonedas son monedas descentralizadas digitales por quienes las operan. Ellas son operadas por agentes privados, servicios o empresas, que posibilitan la transferencia de activos digitales por medio de un registro. Este registro será público para las personas que participen en el esquema económico privado, evitando así usar un sistema centralizado de emisión y registro.

Sobre la cuestión del almacenamiento de las criptomonedas, los activos e información pueden ser guardadas en cualquier dispositivo computacional y transferidos de forma online a cualquier parte del mundo en reducidos periodos de tiempo. Estas transacciones se pueden realizar de persona a persona directamente o por medio de intermediarios especializados que ofrecen varios servicios como negociación y custodia, entre otros.

Si bien es cierto que, se podría entender que las criptomonedas o criptoactivos son monedas, en Colombia estas carecen de los atributos de la moneda de curso legal y, por lo tanto, no son reconocidas como dinero. Esto se traduce en que, no son obligaciones jurídicas reconocidas por el ordenamiento y en consecuencia no existe una institución que las respalde en caso de fraude o fracaso del esquema.

¿Qué tipos de criptoactivos existen?

El término empleado de forma global para referirse a este medio de cambio digital son los criptoactivos, entidades tales como el Banco de Pagos Internacionales (BIS) y el Consejo de Estabilidad Financiera lo han oficializado. Esto sucede toda vez que el concepto de criptoactivo es un bastante amplio para todos los tipos existentes en el internet, y cuando se usa el término de criptomoneda o criptodivisa se limita su uso.

En ese sentido, existe una variedad de características que diferencian a los criptoactivos entre sí. Ellos son muy distintos entre sí teniendo en cuenta que es lo que pueden ofrecer y que se busca al adquirirlos, algunos ofrecen anonimato, otros valores a futuro y hasta seguridad. Así pues, teniendo en cuenta lo que ofrecen los criptoactivos, se pueden clasificar de esta forma:

  • Criptomonedas: son unidades de valor que permiten realizar transacciones y operaciones en el mercado.
  • Commodities o futuros: al ser medios de inversión, sus ganancias están condicionadas por el tiempo, es decir, que sus utilidades se verán en el futuro.
  • Tokens: son generados por empresas privadas y su finalidad es recaudar fondos de capital.
  • Por lo general, los criptoactivos se pueden clasificar dentro de las tres categorías anteriormente mencionadas, sin embargo, por la naturaleza digital de los criptoactivos y su reciente auge, nuevas clases de criptoactivos están destinados a ser creados y comercializados.

    ¿Qué son los "NTF" y para qué sirven?

    Con el inevitable auge de los criptoactivos, un término que también ha ganado mucha popularidad son los llamados "NFT" o "non-fungible tokens" por sus siglas en inglés. Los NFT son unos activos digitales que pueden venir en diferentes formas de arte, música, ítems de juego y muchos más. Los NFT se comercializan y se adquieren por medio de internet, usualmente utilizando criptomonedas, y empleando el mismo esquema que estas.

    La popularidad de los NFT se origina en que son tokens no fungibles, por lo que generalmente son únicos en el mercado o al menos sus reproducciones son muy limitadas. Al ser activos no fungibles, esto significa que tienen una firma digital única que les da un valor exclusivo que no les permite ser intercambiados unos por otros. Quien adquiere un NFT obtendrá todos los derechos de propiedad sobre el archivo digital, además de los beneficios y utilidades que este aporte.

    ¿Se deben pagar impuestos sobre criptoactivos en Colombia?

    Ahora que se ha determinado el concepto de criptoactivos y sus diferentes características, queda por resolver su tratamiento tributario en Colombia. En relación con esto, es pertinente recordar el artículo 9 del Estatuto Tributario:

    "Las personas naturales, nacionales o extranjeras, que no tengan residencia en el país … están sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios en lo concerniente a sus rentas y ganancias ocasionales, tanto de fuente nacional como de fuente extranjera, y a su patrimonio poseído dentro y fuera del país."

    Por esta razón, como los criptoactivos se consideran activos a luz del ordenamiento jurídico colombiano, los residentes colombiano que posean en su patrimonio criptoactivos deberán declararlos anualmente en su declaración de renta. El valor que deberá ser reportado será por su valor patrimonial, el artículo 267 del mencionado estatuto establece como calcularlo.

    Del mismo modo, aquellas personas que tengan en su billetera virtual criptoactivos, y que también gocen de los beneficios económicos que estos aportan, deberán reportarlos en la declaración de renta anual a 31 de diciembre de cada año gravable.

    Para las personas que realicen transacciones utilizando criptoactivos en Colombia, desde AGT Abogados, recomendamos consultar con abogados tributarios a la hora de incluirlos como ingresos dentro de su declaración de renta. Desde AGT Abogados, contamos con excelentes abogados tributarios que podrán brindarle un apoyo jurídico óptimo en el paso a paso de su declaración, teniendo en cuenta las nuevas medidas implementadas por la DIAN.

    ¿Cuándo se debe pagar impuestos por criptomonedas en Colombia?

    Son varias las transacciones que se pueden realizar hoy en día por medio de criptoactivos y al ser estos activos que entran al patrimonio de las personas naturales o empresas deberán incluirlas en su declaración de renta. En estas ocasiones se deberán declarar impuestos:

    1. Pago con criptoactivos: en los casos que se reciba como método de pago los criptoactivos. La transacción que se haga con un criptoactivo para adquirir un servicio o producto debe ser declarada. Es un ingreso para quien recibe.
    2. Pagar bienes y servicios con criptoactivos: aquellas personas que utilicen el poder liberatorio de los criptoactivos para adquirir bienes.
    3. Venta de criptoactivos por dinero: se debe declarar el movimiento ejecutado cuando se vende una criptomoneda por dinero local y la persona recibe una utilidad.
    4. Comprar una criptomoneda con otra: la naturaleza de las criptomonedas permite la transacción e intercambio de estas por otras, ya que se pueden determinar el valor equivalente entre ellas. Es considerada una venta frente al ordenamiento jurídico.
    5. Recibir criptomonedas minadas: los mineros de criptomonedas son personas que crean monedas virtuales y por su venta reciben comisiones o servicios.
    6. Donación de criptoactivos: cuando se realizan donaciones a organizaciones sin ánimo de lucro.

    ¿Habrá una casilla especial en la declaración de renta?

    Ahora que se deben declarar los rendimientos obtenidos por transacciones ejecutadas con criptoactivos, estos deben ser entendidos como un ingreso más, por lo que no habrá una casilla especial para ellos en el formato de declaración de renta. Esto se debe a lo que se quiere visualizar son los ingresos que se generan de estas operaciones.

    Adicionalmente, el monto que debe ser registrado es el equivalente a todo lo que genere ingreso, por lo que no importa si supera los montos establecidos en la norma para ser sujeto declarante de renta.

    ¿Desde cuándo se declaran actividades con criptoactivos en Colombia?

    Anteriormente, no se incluían en la declaración de renta las transacciones efectuadas con criptoactivos en Colombia. Sin embargo, desde abril del 2022 la DIAN empezó a fiscalizar las operaciones y transacciones que se hagan con criptoactivos. La autoridad tributaria confirmó que se tenía como fecha límite el pasado 19 de octubre de 2022 para presentar la declaración de renta, incluyendo los ingresos generados por operaciones con criptoactivos.

    Si se ha enfrentado a obstáculos en su declaración de renta debido a los nuevos cambios implementados por la DIAN a partir de este año en referencia a los criptoactivos, no dude en comunicarse con nosotros al 3105706331 o, deje un mensaje en el formulario de contacto ubicado en esta página. En AGT Abogados contamos con excelentes abogados tributarios que le ayudaran a cumplir con la totalidad de sus obligaciones tributarias, apoyándolo en el paso a paso de su declaración para así evitar sanciones no deseadas.

    ¿Si tengo criptomonedas en una billetera virtual es constitutivo de renta?

    Como fue mencionado anteriormente, lo que se quiere lograr al tener que registrar ahora las transacciones realizadas con criptoactivos es determinar los ingresos que estas generan. Es decir, mientras se realice una actividad y se obtengan utilidades por ella, ese ingreso deberá ser incluido en la declaración de renta anual.

    Existen casos en los que se tenga una criptomoneda en la billetera virtual y no se deba declarar. Por ejemplo, cuando se haga una transacción de enviar una criptomoneda de una billetera virtual a otra, pero que la persona que lo ejecute sea la propietaria de ambas billeteras, esa transacción no deberá ser incluida, ya que no se registra como ganancia de utilidad en el patrimonio.

    ¿Las compra con criptoactivos son legales?

    Existen ya otras normas que establecen la legalidad o no de las operaciones realizadas utilizando criptoactivos. Por esa razón, el objetivo que persigue la DIAN incluyendo los ingresos generados por criptoactivos en la declaración de renta, es simplemente verificar que los ingresos de una persona natural o jurídica sean incluidos al momento de satisfacer las obligaciones tributarias frente al estado colombiano.

    Con esta actividad de registro también se busca revisar el cumplimiento de obligaciones tributarias y que estas transacciones digitales no se estén presentando como vehículos de actividades relacionadas con el ocultamiento de ingresos o lavado de activos.

    ¿Qué sucede si no se declaran actividades con criptomonedas en Colombia?

    A partir de abril del 2022, la DIAN empezó a fiscalizar las actividades realizadas con criptoactivos en Colombia. Por ende, como ya se deben incluir como ingresos dentro de la declaración de renta a partir de este año, las personas que no lo hagan deberán seguir lo estipulado en el Estatuto Tributario en su artículo 239-1:

    "A partir del periodo gravable 2018, la sanción por inexactitud a que se refieren los incisos segundo y tercero de este artículo, será equivalente al doscientos por ciento (200%) del mayor valor del impuesto a cargo determinado."

    De acuerdo con lo anterior, la sanción económica por no incluir dentro de los ingresos estas operaciones será del doscientos por ciento (200%) del mayor valor del impuesto a cargo determinado.

    ¿Necesita asesoría legal tributaria frente a Criptoactivos en Colombia?

    En AGT Abogados contamos con la asesoría legal de excelentes abogados tributarios actualizados en las nuevas medidas implementadas por la DIAN a la hora de declarar renta.

    Nuestros abogados tributarios le ofrecerán el apoyo legal necesario en el paso a paso de su declaración de renta para así satisfacer de la forma más eficiente sus obligaciones tributarias frente al estado colombiano. En AGT Abogados somos conscientes de la atención al detalle que requiere una declaración de renta generalmente y ahora más con la inclusión de los criptoactivos como ingresos en el patrimonio al momento de declarar.

    Escribanos a nuestro formulario de contacto para agendar una cita con nuestro equipo o contáctenos al 3105706331.

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