Delitos Sexuales ¿Cuáles son las Penas y Sanciones?
Junio 27, 2020
Según Medicina legal, el 80% de los delitos sexuales se cometen por familiares, allegados, vecinos o amigos de las víctimas, son situaciones indeseadas y que a nadie le deben suceder es por ello que los delitos de violencia,
abusos y otros crímenes de índole sexual están tipificados en el Código Penal, en el Código de Procedimiento Penal, los derechos de los niños en la Constitución Política de Colombia y Tratados Internacionales de Derechos del Niño.
A través de este artículo estaremos abordando los delitos de índole sexual, sus sanciones respectivas, las penas establecidas en la ley así como el proceso de poder realizar una denuncia en caso de cualquier tipo de delitos sexuales. Si desea la asesoría legal de nuestros
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¿Cuáles son las Penas por Delitos Sexuales en Colombia?
Algunos de los delitos sexuales más comunes en Colombia son los siguientes;
De la Violación: doce (12) a veinte (20) años de prisión.
Se trata de la violencia entre una persona y otra, realizando acceso carnal mediante violencia habiendo una penetración física, vía oral, anal o vaginal ya sea sexualmente o con objetos, no necesita de una violencia física, sino de un sometimiento para proceder a realizar este delito sexual.
Acto Sexual Violento (Art. 206) Pena: nueve (9) a trece (13) años de prisión.
En este delito sexual no existe penetración anal, vaginal u oral, pero sí acciones lascivas entre una persona y un menor de 14 años de edad.
Acceso Carnal Violento o Acto Sexual en Persona Puesta en Incapacidad de Resistir (Art. 207) Pena: de doce (12) a veinte (20) años de prisión. De no realizarse el acceso, la pena será de ocho (8) a dieciséis (16) años de prisión.
Se trata del acceso carnal o abusa hacia una persona a la cual haya puesto en incapacidad de resistir o en estado de inconsciencia, o en condiciones de inferioridad síquica que le impidan comprender la relación sexual o dar su consentimiento.De los Actos Sexuales Abusivos:- Acto Carnal Abusivo con Menores de 14 Años (Art. 208) Pena:
doce (12) a veinte (20) años de prisión.
Es el acceso carnal abusivo hacia personas menores de catorce (14) años de edad.
Actos Sexuales Violentos Contra Menores de 14 Años (Art. 209), Pena: de nueve (9) a trece (13) años de prisión.
Aplica para aquellos actos sexuales diversos del acceso carnal con persona menor de catorce (14) años o en su presencia, o la o lo induzca a prácticas sexuales.Haciendo un paréntesis, dependiendo de las circunstancias agravantes del delito sexual, las penas y sanciones pueden aumentar considerablemente. Hoy en día se está analizando la pena de cadena perpetua para delitos sexuales y asesinato contra menores de edad, que modificaría el
Artículo 34 de la Constitución Política para suprimir la prohibición existente y establecer la pena de prisión perpetua revisable para estos crímenes. Recuerde que nos puede contactar llamándonos al siguiente número de contacto:
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- Acceso Carnal Violento o Acto Sexual Abusivo Puesta en Incapacidad de Resistir (Art. 210), Pena: de ocho (8) a dieciséis (16) años de prisión.
Es cuando se accede carnalmente a persona en estado de inconsciencia, o que padezca trastorno mental o que esté en incapacidad de resistir, cualquier situación de violencia o abuso sexual.
De la Explotación Sexual:- Demanda de Explotación Sexual Comercial de Menores de 18 Años (Art. 217-A), Pena:
de catorce (14) a veinticinco (25) años de prisión.
Quien solicite o demande mediante promesa de pago, en especie o retribución por la realización de actos de violencia o abusos sexuales con personas menores de 18 años de edad.
Del Incesto: dieciséis (16) a setenta y dos (72) meses de prisión.
El que realice acceso carnal u otro delito sexual con un ascendiente, descendiente, adoptante o adoptivo, o con un hermano o hermana.
¿Cómo se Dividen las Audiencias en el Proceso Penal en Colombia?
Las audiencias están dentro del proceso penal colombiano, es importante conocer que dicho proceso se divide en tres etapas, las cuales son:
- Fase de Indagación:
Con la noticia criminal, inicia la fase de indagación, donde la Policía Judicial recolecta y asegura todos los elementos probatorios y evidencia física necesaria para la determinación de la existencia de un hecho que tiene ciertas características de un delito e identifica al o a los presuntos autores con sus respectivos datos de ubicación.
- Fase de Investigación:
Seguidamente de la fase de indagación preliminar, se encuentra la etapa investigativa donde se encuentra la formulación de imputación, la Policía Judicial, bajo la dirección del Fiscal, se encargan de complementar los elementos materiales probatorios y evidencia física recogidos durante la fase anterior con la finalidad de contar con el mejor conocimiento de los hechos y fortalecer la teoría del caso.
- Fase de Juicio:
La fase de juicio es la etapa de juzgamiento, que con base a la documentación de elementos materiales probatorios y evidencia física recaudada, se determina la responsabilidad penal del procesado. Esta etapa consta principalmente de: - Audiencia de Formulación de Acusación
- Audiencia Preparatoria
- Audiencia de Juicio Oral
- Audiencia de Reparación Integral
- Audiencia de Individualización de la Pena
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