¿Cómo Obtener una Licencia de Fabricación y Manufactura de Derivados del Cannabis?
Junio 04, 2019
Hoy en día existen más de 258 solicitudes para la obtención de una licencia de fabricación de derivados del cannabis en Colombia. A continuación en la siguiente infografía mostramos ¿Cómo va el mercado de licencias de cannabis en Colombia? haciendo referencia a las licencias otorgadas por el Ministerio de Salud, que son las de fabricación y manufactura de derivados del cannabis.
Fuente: Diario La República (2019).
Título de la Publicación: Hay más de 450 solicitudes para fabricar derivados del cannabis en Colombia.
Infografía: ¿Cómo va el mercado de licencias de cannabis en Colombia?
Enlace: ir a publicación.
IMPORTANTE: El nuevo
Decreto 811 de 2021 que modificó el Decreto 613 de 2017 trae nuevas novedades para la industria del cannabis, para ello realizamos un análisis de la nueva medida, si desea conocer los beneficios de esta ley, lo invitamos a leer el siguiente artículo:
Decreto 811 de Julio de 2021, Todo lo que Necesita Saber Sobre la Industria del Cannabis en Colombia.
¿Para Qué Sirve la Licencia de Fabricación y Manufactura de Derivados del Cannabis?
Esta licencia sirve para la transformación del cannabis para fines médicos y científicos, que puede comprender la fabricación, adquisición a cualquier título, importación, exportación, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de los derivados del cannabis psicoactivos y no psicoactivos.
¿Cuáles son los Requisitos para Solicitar una Licencia de Fabricación y Manufactura de Derivados del Cannabis?
En el caso de los requisitos para solicitar cualquiera de las licencias de cannabis están los requisitos generales y los específicos. Los generales son:
Para personas naturales:
a. Fotocopia simple del documento de identificación:
- Nacionales: Cédula de ciudadanía
- Extranjeras: Cédula de extranjería vigente y, de requerirse, visa vigente de acuerdo con la normatividad aplicable del sector de relaciones exteriores.
b. Documento que demuestre el pago de la tarifa del trámite.
c. Declaración juramentada personal de procedencia de ingresos.
Para personas jurídicas:
a. Número de identificación tributaria (NIT) para su consulta en el Registro Único Empresarial y Social (RUES). Si corresponde a una entidad exceptuada de registro en Cámara de Comercio, según el artículo 45 del Decreto 2150 de 1995 o el artículo 3 del Decreto 427 de 1996, deberá aportar copia simple del documento que acredite su existencia y representación legal.
b. Fotocopia simple de los documentos de identificación de los representantes legales principales y suplentes:
- Nacionales: Cédula de ciudadanía.
- Extranjeros: Cédula de extranjería vigente y visa vigentes, de acuerdo con la normatividad aplicable del sector de relaciones exteriores.
c. Documento que demuestre el pago de la tarifa. d. Declaración juramentada de ingresos firmada por el representante legal y contador o revisor fiscal, según sea el caso. Para efectos del contador y el revisor fiscal, deberán adjuntar copia de su tarjeta profesional.
¿Cuáles son los Requisitos Específicos Para la Obtención de la Licencia de Fabricación y Manufactura de Derivados del Cannabis?
1. La descripción del Área de Producción y Fabricación y de su extensión en hectáreas.
2. Un mapa del Área de Producción y Fabricación.
3. Los certificados de tradición y libertad del inmueble o inmuebles que conforman el Área de Producción y Fabricación, en los cuales conste que el solicitante es el único propietario de estos predios. Los certificados de tradición y libertad que presente el solicitante deberán ser expedidos con una fecha no superior a cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha de radicación de la solicitud de la Licencia de fabricación.
Asimismo es importante que pueda contar con el apoyo de abogados comerciales expertos en solicitudes de licencias de fabricación y derivados del cannabis. En caso de no contar con la experiencia de realizar este tipo de solicitudes.
4. El Plan de Producción y Fabricación.
5. Un documento que contemple el sistema de disposición de desechos que se ajuste y cumpla con lo dispuesto en el artículo 26 del presente decreto.
6. La inscripción ante el Fondo Nacional de Estupefacientes del Ministerio de Salud y Protección Social o la entidad que haga sus veces, de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 20 de la Ley 30 de 1986 y la Resolución n.° 1478 de 2006 del Ministerio de Salud y Protección Social o la norma que la modifique, adicione o sustituya. Si dicho solicitante no va a destinar por sí mismo el cannabis a la comercialización o exportación para fines médicos o científicos, deberá acreditar que el adquirente cumple con la inscripción de que trata el presente numeral.
¿Qué Sucede si me Dan la Licencia de Fabricación y Manufactura de Derivados del Cannabis y no Inicio Actividades?
- Si transcurridos dos (2) años a partir de su ejecutoria no se han iniciado las actividades dispuestas en el Plan de Producción y Fabricación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24 del presente decreto.
- En caso de verificar que el Licenciatario está realizando actividades de Transformación con plantas provenientes de Autocultivos.
- Si después de una visita de control y seguimiento considera que el Licenciatario no cumple con las disposiciones sobre Buenas Prácticas.
Nuestros
abogados de licencias de cannabis lo pueden asesorar y acompañar durante su proceso de solicitud de licencia de uso de semillas para cultivo de plantas del cannabis, si desea asesoría en este proceso legal, le recomendamos contactarnos en el siguiente formulario de contacto o llamarnos al número siguiente:
(310) 5706331.
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