Mayo 20, 2024
La mala praxis médica conocida también como "error negligente o negligencia médica" puede darse a raíz de la prestación de servicios médicos de las entidades de salud o centros de cirugía estética, y conlleva consecuencias en la salud del paciente por la realización de malos procedimientos fruto de la impericia, descuido o falta de idoneidad del profesional de la salud.
En Colombia, cada vez se presentan más casos de personas que resultan perjudicadas a causa de cirugías y procedimientos estéticos que limitan la funcionalidad de sus órganos, dejan traumas o no cumplen con los resultados esperados por los pacientes, como producto de la omisión de buenas prácticas médicas tendientes a disminuir errores y garantizar la seguridad del paciente, tales como, proporcionar todos los medios de diagnóstico y tratamientos disponibles, un buen manejo de la historia clínica, el deber de la información al paciente y a su familia, entre otras.
El médico tiene el deber de realizar toda la diligencia humanamente posible desde su conocimiento cuando se trate de la atención o intervención quirúrgica de sus pacientes. No obstante, cuando por su negligencia, se produzcan efectos adversos en la salud de estos, incurrirá en una responsabilidad civil contractual o extracontractual dependiendo de cada caso en concreto. Si usted tiene un caso de mala praxis médica y desconoce cómo actuar al respecto, no dude en solicitar asesoría jurídica en nuestra firma a través del siguiente formulario de contacto.
La mala praxis médica es la omisión, descuido, impericia, o negligencia por parte de un profesional de la salud, durante las etapas de diagnóstico, tratamiento o gestión de una enfermedad. Como consecuencia de esta conducta u omisión se produce en el paciente un efecto lesivo y adverso para su salud.
Una mala praxis médica se configura con una deficiente atención médica quirúrgica prestada al paciente y, una vulneración en los deberes de cuidado por parte del médico cirujano prestador del servicio.
La mala praxis médica da lugar a la responsabilidad civil, que constituye la consecuencia jurídica de la causación de un hecho dañino, dando lugar a la obligación de indemnizar a quien se le causó el daño.
La mala práctica sanitaria se atañe a lo regulado en la Ley 23 de 1981, en la cual se establecen las normas de carácter técnico, ético y científico relativas al ejercicio médico. Y adicionalmente a lo estipulado en el en el Código Civil sobre la Responsabilidad extracontractual, en el artículo 2341:
El que ha cometido un delito o culpa, que ha inferido daño a otro, es obligado a la indemnización, sin perjuicio de la pena principal que la ley imponga por la culpa o el delito cometido.
En los casos en los que el incumplimiento de las obligaciones o negligencia de un profesional de la salud, se de bajo el marco de un contrato de servicios profesionales, se trataría de un proceso de responsabilidad civil contractual, y cuando se trate de un hecho dañino no tenga origen contractual, es decir, cuando entre la persona que causa el daño y el que lo sufre no existe ningún tipo de contrato, estaremos ante un proceso de responsabilidad civil extracontractual.
Es importante aclarar que aunque ambas responsabilidades tienen un origen distinto, las dos conllevan a indemnizar a la parte afectada.
Cualquier persona titular del daño o lesión causada, podrá demandar la mala praxis médica mediante vía judicial, con el fin de que un juez declare la responsabilidad civil del profesional de la salud y ordene el pago de los perjuicios causados al paciente.
El accionante deberá acreditar tres elementos en la presentación de la demanda:
Por ejemplo, si una mujer pactó en un contrato de servicios médicos estéticos, una cirugía de reducción de sus senos y se produce en su cuerpo un resultado totalmente diferente al esperado, deberá probar ante un juez, los elementos anteriormente descritos adjuntando como prueba el contrato, con el fin de que se evidencie el incumplimiento del mismo y el juez realice la respectiva valoración probatoria del caso. En este caso, se evidencia cómo el médico cirujano adquiere una obligación de resultado, es decir, en el contrato pactado con la paciente, se obligó a obtener un resultado, el cual no se cumplió, por lo cual deberá responder patrimonialmente.
En los procesos de responsabilidad civil por mala praxis médica es fundamental que el demandante que pretende la indemnización, adjunte todas las pruebas que evidencian los hechos en los que se funda la respectiva demanda, con el fin de que el juez las pueda valorar de la mejor manera, logrando identificar el daño que alega el demandante, ya sea mediante el aporte de fotografías que den certeza que corresponde al paciente, pruebas documentales, testimonios rendidos en la audiencia, etc.
Desde Affirma Legal recomendamos a nuestros clientes contar con el acompañamiento personalizado de un abogado experto en responsabilidad médica, con el fin de que se haga cargo de todo el proceso y pueda tasar los montos de los diferentes perjuicios que le fueron causados.
Cualquier persona afectada por procedimientos quirúrgicos/estéticos podrá reclamar vía judicial, perjuicios materiales, inmateriales o ambos.
Dentro de los perjuicios materiales, podrá pedir indemnización por daño emergente, lucro cesante o ambos y, dentro de los perjuicios inmateriales, el paciente podrá alegar perjuicio moral, perjuicio estético, fisiológico o de vida de relación.
Cabe aclarar que, los perjuicios inmateriales, no se reflejan de manera física en el paciente, pero sí su ánimo o psiquis. Este tipo de perjuicios no es susceptible de valoración económica, pero normalmente, se reparan en dinero a manera de compensación.
En los casos de responsabilidad civil por mala praxis médica, el profesional de la salud podrá exonerarse de responsabilidad cuando se presente alguna de las siguientes situaciones imprevisibles:
Una vez inicie el proceso de responsabilidad civil por mala praxis médica, el juez deberá analizar la conducta realizada ya sea, por el profesional de la salud especialista en cirugía estética cuando se trate de procedimientos quirúrgicos estéticos, la conducta de las entidades del sistema de salud o, la de sus respectivos médicos, dependiendo de cada caso.
No obstante, cada uno de estos podrá demostrar su debida diligencia en la atención prestada a los pacientes, es decir que se tomaron todas las precauciones y se hizo todo lo previsible o, demostrar que el perjuicio causado al paciente ocurrió por una causa extraña, cualquiera de las citadas anteriormente (caso fortuito, hecho de un tercero o, culpa exclusiva de la víctima) ajenos a su capacidad de prever y a su capacidad de prudencia en la prestación del servicio.
En Affirma Legal contamos con abogados expertos en casos de negligencia y mala praxis médica. Nuestros abogados en Colombia le colaborarán con todo el proceso, garantizando el éxito en el pago de los perjuicios causados y resolviendo su situación en el menor tiempo posible.
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